Reformas y rehabilitaciones de Inmuebles.

En SRV Arquitectos mantenemos un permanente contacto con nuestros clientes a lo largo de todo el proceso que engloba la Rehabilitación del edificio, gestionando las diversas fases en las que se estructura:

Estudio Previo

En primer lugar es fundamental realizar un Estudio Previo que determine el estado de conservación del edificio. Para ello se analizan los diversos sistemas que lo componen (estructura, envolvente, instalaciones, etc.), detectando así las patologías existentes. Esta información permitirá establecer las líneas generales que abordará el posterior Proyecto de Rehabilitación. Durante esta fase es frecuente la realización de catas y ensayos de laboratorio que permitan obtener una información lo más certera posible.

Proyecto de Rehabilitación

El Proyecto de Rehabilitación es el documento de carácter legal que permite obtener la Licencia Municipal de Obras. En él, una vez analizadas las causas que han provocado la aparición de las patologías, se determina el tratamiento adecuado, estableciendo el diseño de las diversas soluciones constructivas, materiales y calidades a emplear, así como las medidas de seguridad necesarias. Su contenido es el regulado por la legislación vigente, el Código Técnico de la Edificación.

Adjudicación de Obras

En los Proyectos de Rehabilitación el presupuesto de Adjudicación de las Obras supone alrededor del 90% del coste total de la intervención. Para rebajar sustancialmente dicho importe establecemos una metodología adecuada, realizando una conveniente selección de empresas constructoras para que presupuesten la intervención ciñéndose estrictamente a lo establecido en el Proyecto de Rehabilitación. De este modo es posible establecer un presupuesto comparativo real y adoptar el más conveniente.

Dirección de Obras

Durante la fase de Dirección de Obras se coordinan y supervisan los trabajos in situasegurando que se atienden los criterios técnicos que establece el Proyecto de Rehabilitación y que se toman las correspondientes medidas de seguridad en la obra.Desde SRV Arquitectos aseguramos, calidad, seguridad , eficiencia y un presupuesto acorde a la situación real

.Para más información llamar al departamento de comunicación SRV Arquitectos 986.229953 / 646.382510 .

 

read more
LuisReformas y rehabilitaciones de Inmuebles.

Informe de Evaluación y Edificación 2018.Vigo

El IEE debe identificar el bien inmueble, con expresión de su referencia catastral y contener de manera detallada lo siguiente:

a) La evaluación del estado de conservación del edificio.

b) La evaluación de las condiciones básicas de accesibilidad universal y no discriminación de las personas con discapacidad para el acceso y utilización del edificio, de acuerdo con la normativa vigente, estableciendo si el edificio es susceptible o no de realizar ajustes razonables para satisfacerlas.

c) La certificación de la eficiencia energética del edificio, con el contenido y mediante el procedimiento establecido para la misma por la normativa vigente.

Cuando, de conformidad con la normativa autonómica o municipal, exista un Informe de Inspección Técnica que ya permita evaluar los extremos señalados en las letras a) y b) anteriores, se podrá complementar con la certificación de la eficiencia energética referida en la letra c), y surtirá los mismos efectos que el informe regulado por el Real Decreto Legislativo 7/2015. Asimismo, cuando el IEE contenga todos los elementos requeridos de conformidad con la normativa autonómica o municipal, podrá surtir los efectos derivados de la misma, tanto en relación con la posible exigencia de la subsanación de las deficiencias observadas, como en cuanto a su posible ejecución subsidiaria por parte de la Administración y a costa de los obligados. Todo ello, con independencia de la aplicación de las medidas disciplinarias y sancionadoras que procedan, de conformidad con lo establecido en la legislación urbanística aplicable.

Recordar que el periodo de presentación del  IEE es de 1 de enero a 31 de diciembre de 2018.

read more
LuisInforme de Evaluación y Edificación 2018.Vigo

¿Cuando tenemos que presentar el Informe de Evaluación de Edificación,IEE, VIGO 2017? Entre el 1 de enero y el 31 de diciembre del año 2017.

El IEE debe identificar el bien inmueble, con expresión de su referencia catastral y contener, de manera detallada:

a) La evaluación del estado de conservación del edificio.

b) La evaluación de las condiciones básicas de accesibilidad universal y no discriminación de las personas con discapacidad para el acceso y utilización del edificio, de acuerdo con la normativa vigente, estableciendo si el edificio es susceptible o no de realizar ajustes razonables para satisfacerlas.

c) La certificación de la eficiencia energética del edificio, con el contenido y mediante el procedimiento establecido para la misma por la normativa vigente.

Cuando, de conformidad con la normativa autonómica o municipal, exista un Informe de Inspección Técnica que ya permita evaluar los extremos señalados en las letras a) y b) anteriores, se podrá complementar con la certificación de la eficiencia energética referida en la letra c), y surtirá los mismos efectos que el informe regulado por el Real Decreto Legislativo 7/2015. Asimismo, cuando el IEE contenga todos los elementos requeridos de conformidad con la normativa autonómica o municipal, podrá surtir los efectos derivados de la misma, tanto en relación con la posible exigencia de la subsanación de las deficiencias observadas, como en cuanto a su posible ejecución subsidiaria por parte de la Administración y a costa de los obligados. Todo ello, con independencia de la aplicación de las medidas disciplinarias y sancionadoras que procedan, de conformidad con lo establecido en la legislación urbanística aplicable.

read more
Luis

¿Qué contenido tiene el Informe de Evaluación de Edificación,IEE? Pontevedra

El IEE debe identificar el bien inmueble, con expresión de su referencia catastral y contener, de manera detallada:

a) La evaluación del estado de conservación del edificio.

b) La evaluación de las condiciones básicas de accesibilidad universal y no discriminación de las personas con discapacidad para el acceso y utilización del edificio, de acuerdo con la normativa vigente, estableciendo si el edificio es susceptible o no de realizar ajustes razonables para satisfacerlas.

c) La certificación de la eficiencia energética del edificio, con el contenido y mediante el procedimiento establecido para la misma por la normativa vigente.

Cuando, de conformidad con la normativa autonómica o municipal, exista un Informe de Inspección Técnica que ya permita evaluar los extremos señalados en las letras a) y b) anteriores, se podrá complementar con la certificación de la eficiencia energética referida en la letra c), y surtirá los mismos efectos que el informe regulado por el Real Decreto Legislativo 7/2015. Asimismo, cuando el IEE contenga todos los elementos requeridos de conformidad con la normativa autonómica o municipal, podrá surtir los efectos derivados de la misma, tanto en relación con la posible exigencia de la subsanación de las deficiencias observadas, como en cuanto a su posible ejecución subsidiaria por parte de la Administración y a costa de los obligados. Todo ello, con independencia de la aplicación de las medidas disciplinarias y sancionadoras que procedan, de conformidad con lo establecido en la legislación urbanística aplicable.

read more
Luis¿Qué contenido tiene el Informe de Evaluación de Edificación,IEE? Pontevedra

¿Qué es el Informe de Evaluación de los Edificios (IEE),Pontevedra?

El Informe de Evaluación de los Edificios (en adelante IEE) es un documento en el que se acredita la situación en la que se encuentran los edificios, al menos en relación con su estado de conservación, con el cumplimiento de la normativa vigente sobre accesibilidad universal, y con el grado de su eficiencia energética. La Administración urbanística puede requerírselo a los propietarios de inmuebles ubicados en edificaciones con tipología residencial de vivienda colectiva, según un calendario establecido.

read more
Luis¿Qué es el Informe de Evaluación de los Edificios (IEE),Pontevedra?

OURENSE ITES BARATAS

ITES BARATAS EN OURENSE

Desde SRVArquitectos.es, decimos, que la salud de su inmueble es tan importante como la salud de su propietario. Se debe realizar a conciencia, analizando concienzudamente las fachadas de los inmuebles, por poner un ejemplo, para evitar riesgos innecesarios que puedan provocar daños a terceros de lo que nos lamentaremos posteriormente toda la vida. Los inmuebles hay que mantenerlos bien, como lo hacemos con nuestra salud o con nuestro coche…Con el mismo rigor que le reclamamos al médico un estudio, un análisis de nuestro cuerpo para evitar futuras dolencias o enfermedades que puedan degenerar nuestra salud, debemos realizar la inspecciones técnicas de nuestros inmuebles, porque son para toda la vida, ni más ni menos.

El servicio del arquitecto debe incluir, visita al inmueble, elaboración del acta de inspección, informe fotográfico, informe técnico, todo ello, con mucho rigor para evitar problemas en la salud de su inmueble.

Cuando el paciente, es decir, el inmueble está enfermo, el informe es desfavorable, los propietarios deben realizar las mejoras que le recomienda el arquitecto, como lo haríamos si el médico nos recomienda llevar una vida más saludable.

Las ITES no deben realizarse por el mero hecho de la posible sanción económica que nos pueda imponer la administración local, Ayuntamiento, que va desde los 300€ hasta los 6000 €.Las ITES se deben realizar para cuidar su inmueble, su vivienda, su salud y la de los terceros que pueden verse afectados como anteriormente comentamos, con la caída de materiales constructivos sobre las cabezas de terceros.

Finalmente, aprovechamos la ocasión desde SRVArquitectos.es para aconsejarles que deben cuidar de igual manera, su salud como la de su vivienda.

Departamento de Comunicación SRVArquitectos.es
Teléfonos: 986.229953 / 646.382510
e-mail: comunicación@srvarquitectos.es
web. http//:www.srvarquitectos.es

read more
LuisOURENSE ITES BARATAS

ITES baratas , salud de su Inmueble.

Desde SRVArquitectos.es, decimos, que la salud de su inmueble es tan importante como la salud de su propietario. Se debe realizar a conciencia, analizando concienzudamente las fachadas de los inmuebles, por poner un ejemplo, para evitar riesgos innecesarios que puedan provocar daños a terceros de lo que nos lamentaremos posteriormente toda la vida. Los inmuebles hay que mantenerlos bien, como lo hacemos con nuestra salud o con nuestro coche…Con el mismo rigor que le reclamamos al médico un estudio, un análisis de nuestro cuerpo para evitar futuras dolencias o enfermedades que puedan degenerar nuestra salud, debemos realizar la inspecciones técnicas de nuestros inmuebles, porque son para toda la vida, ni más ni menos.

El servicio del arquitecto debe incluir, visita al inmueble, elaboración del acta de inspección, informe fotográfico, informe técnico, todo ello, con mucho rigor para evitar problemas en la salud de su inmueble.

Cuando el paciente, es decir, el inmueble está enfermo, el informe es desfavorable, los propietarios deben realizar las mejoras que le recomienda el arquitecto, como lo haríamos si el médico nos recomienda llevar una vida más saludable.

Las ITES no deben realizarse por el mero hecho de la posible sanción económica que nos pueda imponer la administración local, Ayuntamiento, que va desde los 300€ hasta los 6000 €.Las ITES se deben realizar para cuidar su inmueble, su vivienda, su salud y la de los terceros que pueden verse afectados como anteriormente comentamos, con la caída de materiales constructivos sobre las cabezas de terceros.

Finalmente, aprovechamos la ocasión desde SRVArquitectos.es para aconsejarles que deben cuidar de igual manera, su salud como la de su vivienda.

Departamento de Comunicación SRVArquitectos.es
Teléfonos: 986.229953 / 646.382510
e-mail: comunicación@srvarquitectos.es
web. http//:www.srvarquitectos.es

read more
LuisITES baratas , salud de su Inmueble.